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1.800 €/mes
| Índice de referencia de precios de alquiler | 0 €/m2 |
| Construida | 124 m2 |
Distrito: Hortaleza.
Barrio: Valdefuentes.
Zona: Virgen Del Cortijo - Manoteras
Espectacular Loft de Diseño con Terraza Privada en Manoteras. Descubra el equilibrio perfecto entre lujo, amplitud y vanguardia en este impresionante loft dúplex de 124 m2, ubicado en la prestigiosa Avenida de Manoteras 8. Completamente reformado y decorado con exquisitos muebles de diseño, la vivienda destaca por su imponente salón comedor y una moderna cocina semi-independiente equipada con calidades premium. El gran atractivo exterior lo firma una fabulosa terraza privada de unos 20 m2, un oasis urbano ideal para relajarse o disfrutar de veladas inolvidables al aire libre. La planta superior está reservada para el descanso en una soberbia suite principal de aproximadamente 50 m2, un espacio idílico que cuenta con una generosa zona de armarios empotrados y un elegante baño privado, sumándose un segundo baño completo en la planta baja para mayor comodidad. Situado en una exclusiva urbanización con seguridad y vigilancia 24 horas, el inmueble ofrece la máxima tranquilidad y privacidad. Todo ello en una de las zonas con mayor proyección de Madrid, excelentemente comunicada por Metro ligero (Fuente de la Mora), acceso directo a la M-30 y M-40, y rodeada de sedes empresariales, restauración de nivel y todos los servicios esenciales. En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DE LA VIVIENDA es: 1.800-€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de vivienda para uso estable y permanente, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario (I) IMPUESTOS: Actualmente, el inquilino de vivienda para uso estable y permanente está exento de presentar la autoliquidación y de pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. (II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto constará por escrito y determinando el importe anual de dichos gastos. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. (III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: No cobramos comisión al inquilino. En caso de pacto de honorarios profesionales a cargo del inquilino, se suscribirá el correspondiente documento.