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107.000 €
| Metro2 Construido | 433 € |
| Construida | 247 m2 |
| Útil | 246 m2 |
Zona: San Isidro
Ubicado en plena Avenida Santa Cruz en San Isidro, este local comercial es ideal para actividades como trasteros, negocios que necesiten depositos, almacen, oficinas de seguros, estudios de arquitectura, administradores de fincas, consultas medicas, coworking. etc. Ideal para, showroom, recepción o atención directa al público. El espacio se distribuye en dos niveles: -Planta a ras de calle (25 m2) Un espacio con aproximadamente 5 metros de altura, lo que aporta un espacio acogedor y con presencia. En este nivel posee un aseo. -Entreplanta (222 m2) Acceso por escalera interior. Espacio diáfano con un cuarto independiente perfecto como oficina privada o almacén. Cuenta con piso de tarima reforzada con estructura de hierro, y una altura de 2m de techo. Un espacio funcional que optimiza cada metro y permite separar parte operativa y de atención al cliente. En resumen: Este local no solo ofrece metros cuadrados, también visibilidad, flujo constante de coches y una muy buena ubicación sobre la Avenida santa cruz en San Isidro. Si buscas un espacio con múltiples usos, presencia y potencial real de rentabilidad, este puede ser el punto de partida que estabas esperando. ¡LLAMAME! ¡TE ESPERO! CLÁUSULA REGALO - Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025) PRECIO DE VENTA: indicado en anuncio + gastos En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de CANARIAS(generalmente el 6.5€ %, sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral. Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. Honorarios Agencia del Comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratado servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, los honorarios notariales, la inscripción en el Registro de la Propiedad y los tipos impositivos y bonificaciones del ITP en su Comunidad Autónoma, puede consultar en los siguiente enlace: