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2.600 €/mes
| Índice de referencia de precios de alquiler | 0 €/m2 |
| Construida | 192 m2 |
Distrito: Eixample.
Barrio: Dreta de l'Eixample.
Zona: Centre
Oficina singular de aproximadamente 192m2 en finca regia de Pau Claris, ideal para empresas, estudio creativo, showroom, despacho profesional o actividad que necesite amplitud y personalidad en pleno centro de Barcelona. El espacio combina varias salas independientes con una gran zona diáfana, techos altos y mucha entrada de luz natural en distintas estancias. Actualmente se encuentra en estado funcional y ofrece muchas posibilidades de adaptación según necesidades. Dispone de: varias salas/despachos zona office aseos climatización en algunas estancias zona de almacén/trastero en planta inferior Ubicada en una de las zonas más céntricas y bien conectadas de Barcelona, rodeada de servicios, transporte y actividad empresarial. Un espacio con carácter para quien prioriza ubicación, metros y posibilidades por encima de la oficina estándar lista para entrar. En cumplimiento del art. 20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 2.600-€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, correspondiendo al inquilino/arrendatario: (I)IMPUESTOS: Impuesto de Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. *Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. (II)GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto constará por escrito y determinando el importe anual de dichos gastos. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. (III)Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato, la factura correspondiente al 10% del precio del arrendamiento anual más el IVA correspondiente del 21% .