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305.000 €
| Metro2 Parcela | 610 € |
| Metro2 Construido | 1.906 € |
| Parcela | 500 m2 |
| Construida | 160 m2 |
Zona: Santa Coloma De Farners
Bonita casa con gran potencial en una tranquila urbanización de Santa Coloma de Farners Se vende acogedora vivienda unifamiliar situada en una excelente y tranquila urbanización de Santa Coloma de Farners. La propiedad cuenta con una superficie construida aproximada de 160 m² sobre una parcela de 500 m², ofreciendo un entorno ideal para disfrutar de la tranquilidad sin renunciar a la cercanía de todos los servicios. La vivienda, con aproximadamente 35 años de antigüedad, destaca por su gran luminosidad, su excelente orientación y las múltiples posibilidades de actualización y personalización que ofrece. La casa se distribuye en dos plantas: Planta baja: Acogedor porche de entrada. Amplio recibidor. Espacioso salón-comedor con chimenea, perfecto para disfrutar en familia. Cocina independiente con acceso directo al jardín y comunicación con un práctico cuarto de lavandería o despensa. Baño completo con ducha. Una habitación, ideal como dormitorio, despacho o sala polivalente. Planta superior: Tres habitaciones, una individual y dos dobles. Una de las habitaciones dobles dispone de una acogedora chimenea, aportando un encanto especial. Baño completo. Magnífica terraza con agradables vistas, ideal para relajarse y disfrutar del entorno. En cuanto a los acabados y equipamiento, la vivienda dispone de calefacción de gas propano, carpintería exterior de madera y termo para agua caliente sanitaria. En el exterior encontramos un porche con capacidad para dos vehículos y un amplio jardín con espacio suficiente para estacionar una autocaravana o adaptar la zona según las necesidades de la familia. La ubicación es otro de sus grandes atractivos: se encuentra a tan solo 1,5 km del centro de Santa Coloma de Farners, donde encontrará todo tipo de comercios, servicios, centros educativos y sanitarios. Además, la parada del autobús urbano y escolar está situada a solo 5 minutos a pie. Una vivienda muy luminosa, con una excelente ubicación y un enorme potencial para convertirse en el hogar que siempre ha deseado. Solicite más información sin compromiso y venga a visitarla. En cumplimiento al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, se informa a los clientes de las siguientes cuestiones en relación a la compra de la vivienda: -El precio de venta incluye los honorarios de la inmobiliaria con el I.V.A incluido. -Los gastos de la escritura de compra venta no están incluidos en el precio de venta, dichos gastos son: Registro, trámite, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o I.V.A (si es una vivienda nueva), y gestión de la notaría. -Los gastos de la escritura de la hipoteca, en caso de comprar la vivienda mediante la financiación de una entidad bancaria, no está incluida en el precio de la vivienda, y en este caso, es la entidad bancaria que se hará cargo del pago de esta escritura tal como establece la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. -Les informamos que en el caso que compren una vivienda de primera transmisión (nueva) el I.V.A será del 10% sobre el precio de venta. Para comprar una vivienda de segunda transmisión se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que en la comunidad autónoma de Catalunya el tipo general es el 10%, y el tipo reducido es del 5% siempre que se cumplan con los requisitos que establece la Ley. -Tal como establece el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, en el párrafo C y segundo apartado: “En el resto de los casos en que, debido a la naturaleza del bien o servicio, no pueda fijarse con exactitud el precio en la oferta comercial, deberá informarse sobre la base de cálculo que permita al consumidor o usuario comprobar el precio. Igualmente, cuando los gastos adicionales que se repercutan al consumidor o usuario no puedan ser calculados de antemano por razones objetivas, debe informarse del hecho de que existen dichos gastos adicionales y, si se conoce, su importe estimado.”